En resumen
- La Corte di Cassazione (Prima Sezione civile) dictó el 28 de octubre de 2026 la ordinanza interlocutoria n. 27957/2026, sin pronunciarse sobre el fondo de la IA en las sentencias.
- Los recurrentes pidieron remitir a las Sezioni Unite los riesgos del uso de IA en la preparación de resoluciones; la Corte primero ordena reunir dos recursos conexos.
- No hay nuevas reglas ni constatación de uso real de IA por los jueces: la cuestión sigue abierta.
La Corte di Cassazione italiana ha dictado el 28 de octubre de 2026 la ordinanza interlocutoria n. 27957/2026, en la que aplaza decidir si los riesgos del uso de inteligencia artificial en la preparación de resoluciones judiciales deben ser examinados por las Sezioni Unite. Importa porque la petición llega al máximo órgano de la jurisdicción ordinaria, aunque aún no haya respuesta. Así lo recoge Diritto.it.
Qué ha ocurrido
El asunto nace de una controversia entre particulares y la Città Metropolitana di Catania. Tras una sentencia de la Corte d’appello di Catania de 2021, los recurrentes acudieron a la Cassazione y, en paralelo, promovieron una revocación (revocazione) contra esa misma sentencia. La Corte d’appello rechazó la revocación en una segunda sentencia, de 2025, también recurrida en casación. Quedaron así abiertos dos procedimientos conexos.
En una memoria, los recurrentes pidieron reunir ambos recursos y, además, remitir a las Sezioni Unite las cuestiones vinculadas al riesgo de usar IA en tareas de apoyo a la preparación de sentencias, como análisis, minutas o borradores previos al texto definitivo.
Qué ha decidido (y qué no) la Cassazione
La Prima Sezione civile no ha dicho si la IA puede utilizarse para preparar o redactar una sentencia, ni ha decidido remitir la cuestión a las Sezioni Unite. Ha preferido resolver antes un problema procesal: la pendencia simultánea de los dos recursos. Ordena aplazar la causa a nuevo ruolo para poder reunirlos, aplicando por analogía el art. 335 c.p.c., que regula la reunión de impugnaciones separadas contra una misma sentencia. Solo después valorará la petición sobre las Sezioni Unite.
La ordenanza tampoco constata que los jueces implicados hayan usado IA, ni introduce reglas o límites. La novedad es que esos riesgos se han planteado expresamente en una solicitud de remisión pendiente de respuesta.
La mirada de CEA Digital Law
Conviene no sobredimensionar el caso: es un trámite procesal, no un precedente. Pero muestra algo relevante para el Comité Euro Americano de Derecho Digital - CEA Digital Law: las partes empiezan a invocar el uso de IA por los tribunales como cuestión de garantías procesales, y los órganos supremos tendrán que responder más pronto que tarde.
Proponemos tres líneas de trabajo para Europa, América Latina y el Caribe y África:
- Distinguir funciones. Separar con claridad el apoyo instrumental (organizar documentos, resumir) de la valoración jurídica reservada al juez.
- Transparencia y verificación. Protocolos internos que permitan comprobar los contenidos generados y dejen clara la responsabilidad del magistrado sobre la decisión final.
- Cooperación entre jurisdicciones. Compartir guías y experiencias entre poderes judiciales de las tres regiones, evitando que cada país improvise.
Quedan cuestiones abiertas: cómo podrían las partes conocer y, en su caso, impugnar el uso de estas herramientas, y si la respuesta debe venir de la jurisprudencia, de reglamentos judiciales o de ambas. Seguiremos con atención la evolución del procedimiento.
Fuentes
CEA Digital Law
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